La Asociación de Talleres de Automoción (ASETRA) ha publicado la lista de subvenciones que la Comunidad de Madrid destinará a la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo en los talleres madrileños durante 2022. El plazo de solicitud comenzó ayer, 30 de agosto, y finalizará el próximo 21 de noviembre.
Las ayudas incluyen compra de maquinaria nueva, adecuación de equipos, etcétera. No contemplan equipos informáticos, ni software. Por su parte, será subvencionable cualquier inversión realizada desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2022 y se deberá acreditar por parte del solicitante que la maquinaria a sustituir ha pertenecido a la misma desde antes del día 31 de diciembre de 2011.
Asetra ha elaborado una lista donde ayuda a sus asociados a beneficiarse de este programa:
Línea 1: Adquisición de maquinaria nueva, en sustitución de antigua.
Línea 2: Adaptación de equipos de trabajo en base a los requisitos establecidos en el Anexo I del Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo.
Línea 3: Diseño e instalación de sistemas de extracción localizada.
Línea 4: Adquisición de equipos de trabajo motorizados para el traslado, transporte y almacenamiento de cargas o adquisición de equipos de trabajo motorizados para la realización de trabajos en altura por trabajadores.
Línea 5: Diseño, instalación y verificación de equipos de protección colectiva o líneas de vida fijas en cubierta.
Las personas físicas o jurídicas, siempre que:
- Tengan uno o varios trabajadores por cuenta ajena,
- Realicen las inversiones o actividades objeto de subvención en centros de trabajo situados en la Comunidad de Madrid.
Se excluyen: Las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado.
- Se considera subvencionable, el valor neto de las acciones o inversiones.
- Los importes recibidos por achatarramiento, descuentos y similares, incluidos o no en factura, suponen un menor valor de compra.
- Serán subvencionables el transporte de la maquinaria o equipos adquiridos, incluso si se realiza por la empresa proveedora.
- No podrán financiarse las acciones e inversiones mediante arrendamiento financiero. Las actuaciones objeto de la subvención, incluida la adquisición y, en su caso, la instalación, así como el pago de las mismas, deberán realizarse en el período de vigencia de la convocatoria.
- Las actuaciones que no se hayan realizado dentro del período indicado no serán subvencionables.
No serán objeto de subvención:
- La adquisición de equipos informáticos, así como software excepto los destinados a los sistemas de protección que forman parte de las líneas subvencionables.
- Todos aquellos accesorios que no sean parte integrante de la maquinaria.
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