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Ya está en vigor el nuevo etiquetado de neumáticos
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Ya está en vigor el nuevo etiquetado de neumáticos

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El 1 de mayo de 2021 ha entrado en vigor el Reglamento (UE) 2020/740 en referencia a la eficiencia en términos de consumo de carburante y otros parámetros. Este texto modifica el Reglamento (UE) 2017/1369 y deroga el Reglamento (CE) 1222/2009. Analizamos sus aspectos más relevantes.

Con las nuevas reglas sobre el etiquetado de neumáticos aprobadas en esta norma, las autoridades comunitarias pretenden ayudar a concienciar a los ciudadanos sobre el ahorro de combustible, mejorar la seguridad y reducir la contaminación acústica. En virtud de la nueva normativa, las etiquetas tendrán que incluir información sobre la eficiencia energética, la adherencia sobre mojado y las emisiones sonoras de la rodadura exterior de los neumáticos. En el nuevo distintivo también se incluirán datos sobre la adherencia en superficies con nieve y hielo.

TAMBIÉN PARA VEHÍCULOS PESADOS

El nuevo distintivo que entra ahora en vigor también se aplicará a los neumáticos para vehículos pesados (categoría C3), no incluidos en el reglamento comunitario anterior. Por supuesto, la etiqueta seguirá siendo obligatoria para turismos y furgonetas (categorías C1 y C2), pero no para los neumáticos recauchutados. Además, será obligatorio registrar todos los productos en una base de datos, requisito con el que la UE espera reforzar el cumplimiento de la normativa, que recordemos, sigue siendo auto-certificante por los productores de neumáticos.

Las etiquetas deberán ser claramente visibles para los consumidores y estar expuestas en cualquier lugar con neumáticos a la venta, incluido el comercio por internet. Además, tendrán que incorporar un código QR para su escaneado.

MÁS INFORMACIÓN PARA EL USUARIO

Otra de las novedades de la nueva etiqueta europea de neumáticos es, dentro del gráfico de eficiencia de combustible, la desaparición de la calificación G, que quedó prohibida en 2014, igual que ocurrió con la clase F en 2018. Así, tanto el apartado de resistencia a la rodadura como el de frenada en carreteras mojadas se valorarán a partir de ahora en una escala que va desde la A hasta la E.

Asimismo, en los distintivos actuales, en la parte inferior aparece el dato referente al ruido que producen los neumáticos en movimiento. A partir de ahora, este ruido de rodadura exterior se expresará en decibelios (dB) y también se indicará el nivel de ruido mediante las letras A, B y C para facilitar su comprensión por parte de los usuarios, siendo la A el más silencioso.

En las nuevas etiquetas, esta información sobre la rumorosidad estará acompañada por otros dos iconos que informarán sobre la adherencia en nieve y hielo. Más adelante, cuanto estén disponibles los métodos de ensayo adecuados, se añadirán datos sobre el kilometraje, el recauchutado y la resistencia a la abrasión, que por el momento no aparecen en la etiqueta.

NEUMÁTICOS EXCLUIDOS

El nuevo Reglamento se aplica tanto a neumáticos para turismo como para furgonetas y vehículos pesados. Sin embargo, la norma, en su artículo 2, especifica que no se aplica en estos casos:

  • Los neumáticos todoterreno profesionales.
  • Los neumáticos diseñados para ser montados exclusivamente en los vehículos matriculados por primera vez antes del 1 de octubre de 1990.
  • Los neumáticos de repuesto de uso provisional de tipo T.
  • Los neumáticos cuyo índice de velocidad sea inferior a 80 km/h.
  • Los neumáticos cuya llanta tenga un diámetro nominal inferior o igual a 254 mm, o igual o superior a 635 mm.
  • Los neumáticos equipados con dispositivos adicionales para mejorar sus cualidades de tracción, como los neumáticos con clavos.
  • Los neumáticos diseñados para su montaje en vehículos destinados exclusivamente a las carreras.
  • Los neumáticos de segunda mano, salvo si son importados de un tercer país.

Vídeo-resumen sobre la nueva etiqueta europea del neumático

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