Era una de las principales reivindicaciones de los autónomos societarios desde que se instauró la tarifa plana, ya que estos autónomos quedaron fuera de los beneficios de esta medida desde el principio. Ahora, la Seguridad Social se ha visto obligada a rectificar, por lo que a partir de ahora todos los autónomos, incluyendo a los societarios, podrán acogerse a la tarifa plana. Eso sí, han hecho falta tres sentencias del Tribunal Supremo para que se produjera este cambio de criterio.
Esta decisión se ha notificado mediante una nota emitida por el área de impugnaciones de la Subdirección General de Ordenación e Impugnaciones de la Tesorería General de la Seguridad Social. En esta nota, el órgano informa a los departamentos regionales de este cambio de criterio, que podrá beneficiar a miles de autónomos societarios.
En concreto, el texto señala que "procede modificar el criterio que ha venido manteniendo de manera que se permita a los trabajadores autónomos socios de sociedades mercantiles capitalistas, ya sea de sociedades limitadas o anónimas, acceder a los beneficios en la cotización previstos en el artículo 31 de la Ley 2/2007, del Estatuto del Trabajador Autónomo".
"Teníamos razón y nos la han dado. Noticia importante para autónomos societarios". De esta forma se expresaba en Twitter Lorenzo Amor, presidente de la Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA), quien también instaba a solicitar una revisión de las solicitudes a aquellos trabajadores autónomos que hubieran recibido una resolución negativa por parte de la Seguridad Social.
En tres sentencias, el Tribunal Supremo ha dado la razón a los autónomos, alegando que "no puede impedirse la aplicación de los beneficios en la cotización previstos en el artículo 31 de la Ley 20/2007, del Estatuto del Trabajo Autónomo, a los trabajadores que ostentan la condición de socios de sociedades mercantiles capitalistas". Estas sentencias, además, anulan los recursos de casación interpuestos por la Tesorería General por este motivo.
Por su parte, Eduardo Abad, presidente de la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA), ha celebrado este cambio de criterio, ya que, según sus palabras, "no existe impedimento legal alguno". Del mismo modo, lamenta que hayan sido los tribunales los que "legislen a golpe de sentencia" a pesar de las reclamaciones previas del colectivo.
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